Proyecto de ley

Inteligencia artificial

Ya hay sistemas automatizados decidiendo sobre colombianos: quién recibe un crédito, quién pasa el primer filtro de una hoja de vida, cómo se prioriza un subsidio. Todavía no hay reglas claras sobre cómo deben funcionar ni quién responde cuando se equivocan. El PL 065 de 2026 propone la primera ley general de inteligencia artificial del país: fomento al desarrollo nacional, protección del empleo y gestión de riesgos.

Esto no es del futuro. Ya está pasando

Cuando hablo de inteligencia artificial no me refiero a robots. Me refiero a decisiones que hoy toma un programa, sin que sepas que fue un programa el que las tomó. Estas son las tres cifras que enmarcan el debate.

1.700

startups y emprendimientos de base tecnológica reconocidos en el ecosistema nacional

28.000

empresas del sector de tecnologías de la información registradas en las cámaras de comercio

0

leyes generales de inteligencia artificial vigentes en Colombia: lo único específico es la Ley 2502 de 2025

Cuando pides un crédito, un modelo decide en segundos si eres riesgoso y casi nunca te explica por qué. Cuando aplicas a un empleo, miles de hojas de vida se filtran antes de que un humano vea la primera. Cuando el Estado reparte un subsidio, la focalización usa modelos estadísticos y apelar es difícil porque no hay a quién preguntarle. El proyecto nombra estos riesgos con todas las letras —sesgo y discriminación, privacidad de datos, desinformación, ciberseguridad, desplazamiento laboral y pérdida de habilidades— y obliga a que quien ofrece un sistema de IA los informe y diga cómo los mitiga.

Por qué este proyecto

Soy ingeniero, y por eso mismo no soy ingenuo con esto. La inteligencia artificial no piensa ni entiende: encuentra regularidades en los datos con los que fue entrenada. Si esos datos traían un sesgo, lo repite sin darse cuenta y a escala.

Colombia tiene política pública de IA desde 2019, con el CONPES 3975, y una ley de protección de datos personales desde 2012. Lo que no tiene es una ley que diga cómo se desarrolla, cómo se usa y quién responde cuando un sistema automatizado afecta a una persona.

La Corte Constitucional ya fijó un límite en la Sentencia T-323 de 2024: la IA puede asistir en la gestión de tareas, pero no puede sustituir al juez ni los juicios de valor. Ese criterio —la máquina asiste, la persona decide— es el que recoge este proyecto como principio de supervisión humana.

El impacto no distingue región. A un campesino al que le niegan un crédito por un modelo mal calibrado le pasa lo mismo que a alguien en Bogotá, con la diferencia de que tiene menos herramientas para reclamar. Por eso el proyecto prioriza los municipios de categorías 4, 5 y 6 en la formación. No falta la tecnología: faltan reglas y falta quién responda.

Qué propongo

Una ley general, no una ley de castigos. Se concentra en tres cosas.

01

Que Colombia desarrolle, no solo consuma

El país tiene más de 1.700 startups de base tecnológica y cerca de 28.000 empresas de TI. El proyecto ordena convocatorias públicas, capital semilla, crédito y garantías para que las soluciones de IA se construyan aquí, articulando a iNNpulsa, Bancóldex, el SENA y Findeter, con enfoque territorial y prioridad a las mipymes. Artículos 6 y 7.

02

Que nadie pierda el empleo sin red

El Ministerio del Trabajo, con el SENA, MinEducación, MinCiencias y MinTIC, tendrá que diseñar programas de reconversión laboral, formación continua y certificación de competencias, dirigidos primero a los trabajadores cuyos oficios se transformen o se sustituyan por automatización. Artículo 9.

03

Que los riesgos se informen y alguien vigile

Todo sistema de IA desarrollado o usado en el país deberá informar los riesgos asociados a su uso y cómo los mitiga. La vigilancia y el control quedan en la Superintendencia de Industria y Comercio, con sanciones proporcionales a la gravedad. Artículos 10, 11 y 12.

Qué cambia en la práctica

Una ley que no se nota en la vida de la gente no sirvió de nada. Así se vería la diferencia.

Hoy

  • No hay ley general de IA. Lo único vigente y específico es la Ley 2502 de 2025, que agrava la pena de la suplantación cometida con herramientas tecnológicas.
  • Si una decisión automatizada te afecta, nadie está obligado a decirte que fue automatizada ni a explicarte los criterios.
  • Ninguna entidad tiene el encargo expreso de vigilar el cumplimiento de reglas sobre sistemas de IA.
  • No existen programas obligatorios de reconversión para los oficios que se transforman con la automatización.
  • La política pública existe —CONPES 3975 de 2019—, pero es un documento de planeación: no crea obligaciones exigibles.

Con el proyecto aprobado

  • Todo sistema de IA desarrollado o usado en el país debe informar los riesgos asociados a su uso y los mecanismos de mitigación (arts. 10 y 11).
  • La gobernanza queda en MinCiencias en articulación con MinTIC, con seis meses de plazo para expedir la reglamentación (art. 4).
  • La Superintendencia de Industria y Comercio vigila, controla y sanciona de forma proporcional a la gravedad de la conducta (art. 12).
  • MinTrabajo, con el SENA, MinEducación, MinCiencias y MinTIC, diseña programas de reconversión laboral y certificación de competencias (art. 9).
  • Alfabetización permanente en IA, ética digital y protección de datos, priorizando municipios de categorías 4, 5 y 6 y zonas rurales dispersas (art. 8).

Si dentro de dos años ninguno de estos puntos se puede comprobar, la ley no sirvió.

Qué dice el proyecto, artículo por artículo

Trece artículos. Esto es lo que hace cada bloque, en español de todos los días.

Arts. 1 y 2

Principios y alcance

Fija el marco para desarrollar, investigar, comercializar y supervisar IA en Colombia bajo nueve principios: dignidad humana, transparencia, supervisión humana, seguridad, responsabilidad, protección de datos, no discriminación, sostenibilidad y regulación basada en riesgos. Cobija a empresas extranjeras cuyos sistemas produzcan efectos en el país, y también al propio Estado.

Art. 3

Un lenguaje común

Catorce definiciones para que la discusión deje de ser ambigua: qué es un sistema de IA, un modelo de propósito general, la IA generativa, un deepfake, la suplantación con IA, quién es proveedor, implementador o usuario, y qué significa que un sistema sea de alto riesgo.

Art. 4

Quién manda

La gobernanza queda en MinCiencias, en articulación con MinTIC. El Gobierno tiene seis meses desde la vigencia de la ley para expedir la reglamentación que la haga operativa.

Art. 5

Consejo Nacional Consultivo

Un órgano técnico e interdisciplinario con ministerios, universidades públicas y privadas, centros de investigación, empresas, sociedad civil y dos expertos independientes. Sesiona mínimo cuatro veces al año, declara conflictos de interés y entrega un informe anual. Sus conceptos orientan, no obligan.

Arts. 6 y 7

Fomento y ecosistema

Convocatorias, incentivos a la investigación y a la propiedad intelectual, apoyo a emprendimientos, espacios de experimentación regulatoria y cooperación internacional, coordinados con el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. Con enfoque territorial y participación de mujeres, jóvenes y comunidades subrepresentadas.

Arts. 8 a 13

Apropiación, empleo y riesgos

Formación permanente en IA, ética digital, seguridad informática y pensamiento crítico, priorizando municipios de categorías 4, 5 y 6; programas de reconversión laboral; deber de informar y mitigar riesgos; y vigilancia de la SIC con sanciones proporcionales.

Cuatro palabras que la ley define

Buena parte de los malentendidos sobre IA vienen de que cada quien usa las palabras a su manera. El artículo 3 las fija.

Deepfake

Contenido de audio, imagen o video generado o alterado con IA que reproduce de forma hiperrealista a una persona real o ficticia y puede hacer creer que es auténtico.

Suplantación mediante IA

Usar IA para imitar la identidad, voz, imagen o comportamiento de alguien con el fin de engañar, obtener un beneficio indebido o causar daño. Ya es delito agravado por la Ley 2502 de 2025.

Sistema de alto riesgo

Aquel que por su finalidad o su impacto puede afectar de forma significativa derechos fundamentales, la seguridad, la salud, los servicios esenciales o el funcionamiento de entidades públicas. Queda sujeto a obligaciones reforzadas.

Supervisión humana

Que una persona dirija, controle e intervenga de verdad cuando el sistema pueda afectar derechos, para prevenir, detectar y corregir resultados inadecuados. La máquina asiste; no decide sola.

Lo que no propongo

Cuando uno dice “regular la inteligencia artificial” la gente asume cosas. Aclaro las más comunes.

No prohibir la tecnología

El proyecto no prohíbe ningún uso de IA. Pide informar riesgos, mitigarlos y responder por las consecuencias.

No crear una burocracia nueva

No inventa una superintendencia. La vigilancia queda en la SIC, que ya existe, y el consejo que se crea es consultivo: asesora, no manda.

No censurar contenidos

Esto no trata de qué se puede decir en internet. Trata de sistemas automatizados que afectan derechos y de contenidos que suplantan a personas reales.

No copiar y pegar Europa

Aprender de otros sí. Trasplantar una norma escrita para una economía que produce tecnología, cuando nosotros apenas empezamos a producirla, no.

No frenar a las empresas colombianas

Al contrario: la mitad del articulado son incentivos, crédito y capital semilla. Sin reglas claras, la incertidumbre jurídica es lo que espanta la inversión.

No costarle más al presupuesto

El proyecto no ordena inversiones ni gastos adicionales: se ejecuta con los programas e instrumentos que ya tienen MinCiencias, MinTIC, el SENA, iNNpulsa y Bancóldex.

En qué quiero que el texto mejore durante el debate

Radicar es el principio, no el final. Hay tres cosas que quiero incorporar con las observaciones de la academia, el sector y la ciudadanía.

01

Derecho a saber y a reclamar

Que si una decisión automatizada te afecta, tengas derecho a saber que fue automatizada, a entender los criterios y a pedir revisión humana. Hoy el proyecto consagra la supervisión humana como principio; quiero que sea también un derecho exigible.

02

El Estado da el ejemplo

Un inventario público de los sistemas de IA que usan las entidades y evaluación de impacto algorítmico obligatoria para los que afectan derechos. El proyecto ya define esa evaluación; falta volverla exigible en el sector público.

03

Criterios claros de alto riesgo

Que la clasificación de un sistema como de alto riesgo no dependa solo del reglamento, sino de criterios y garantías mínimas fijadas en la ley, para dar seguridad jurídica a quien desarrolla y protección real a quien usa.

Ficha del proyecto

Número
PL 065 de 2026 Senado

Radicado
22 de julio de 2026

Estado
En trámite, pendiente de ponencia

Comisión
Pendiente de reparto

Mi rol
Autor

Coautores
Autoría única a la fecha de radicación

Cámara de origen
Senado

Última actualización
10 de agosto de 2026

En qué va

Prefiero contarte el panorama completo, incluso las partes donde yo no soy el protagonista. Y cada vez que el proyecto avanza o se estanca, queda registrado aquí. También si se archiva.

Lo único que ya es ley

La Ley 2502 de 2025 agravó la pena del delito de suplantación cuando se comete con herramientas tecnológicas, incluida la IA. Es un pedazo del problema, no el marco general. Fuera de eso, el país se mueve con el CONPES 3975 de 2019 y con normas de datos personales como la Ley 1581 de 2012.

El proyecto del Gobierno

MinCiencias y MinTIC radicaron el Proyecto de Ley 043 de 2025 Senado, acumulado con el 324 de 2025 Cámara. Sus ejes: enfoque basado en riesgos, una autoridad nacional en cabeza de MinCiencias y zonas de prueba regulatoria.

Lo que ya se ha intentado

Desde 2022 se han radicado varios proyectos sobre IA y ninguno se ha convertido en ley general. Un intento anterior del Gobierno se hundió en 2025 por falta de quórum. El Congreso también creó una Comisión Accidental Bicameral de Inteligencia Artificial.

Mi proyecto no compite con el del Gobierno: se puede acumular o servir de insumo. Lo que no puede pasar es que el país llegue a 2027 sin ninguna regla.

22 jul 2026

Radicación

Radicado en la Secretaría General del Senado con su exposición de motivos, bajo el número 065 de 2026. Trece artículos sobre gobernanza, fomento, apropiación, empleo y gestión de riesgos de la inteligencia artificial.

Pendiente

Reparto a comisión y ponencia

Pendiente. Se actualizará cuando se defina la comisión, se designe ponente y se radique el informe para primer debate.

Pendiente

Primer debate en comisión

Pendiente. Aquí quedará el resultado de la votación y quiénes acompañaron el proyecto.

Preguntas frecuentes

Un sistema que, a partir de datos, genera predicciones, recomendaciones, decisiones o contenidos que influyen en el mundo real. Esa es, en resumen, la definición que trae el proyecto. No piensa ni entiende: encuentra regularidades. Por eso, si los datos con los que aprendió tenían un sesgo, lo repite sin darse cuenta.

El del Gobierno se concentra en clasificar sistemas por nivel de riesgo y en crear una autoridad nacional de supervisión. El mío pone el acento en fomentar el desarrollo nacional, proteger el empleo frente a la automatización y usar instituciones que ya existen, con la SIC vigilando. Son compatibles y ojalá terminen en un solo texto.

Algunos oficios van a cambiar y otros van a desaparecer, como en cada revolución tecnológica anterior. Lo que sí podemos decidir es si el país llega preparado o improvisando. Por eso el artículo 9 obliga al Ministerio del Trabajo y al SENA a montar programas de reconversión laboral y certificación de competencias antes de que la ola llegue.

Porque soy ingeniero y porque el impacto no distingue región. Un campesino al que le niegan un crédito por un modelo mal calibrado está igual de afectado que alguien en Bogotá, con la diferencia de que tiene menos herramientas para reclamar. Por eso el proyecto prioriza municipios de categorías 4, 5 y 6 y zonas rurales en los programas de formación.

Ley general, no. Lo único vigente y específico es la Ley 2502 de 2025, que agrava las penas por suplantación con herramientas tecnológicas. Hay un proyecto del Gobierno en trámite y el mío, radicado el 22 de julio de 2026.

La Corte Constitucional ya se pronunció en la Sentencia T-323 de 2024: la IA puede asistir en tareas, pero no puede sustituir al juez ni los juicios de valor, y su uso debe respetar el debido proceso y la protección de datos. El proyecto recoge ese criterio en el principio de supervisión humana.

Escríbeme. Si trabajas en tecnología, si un sistema automatizado te afectó, o si simplemente tienes una duda, eso alimenta el debate. Varias de las cosas que defiendo salieron de conversaciones así, y el texto todavía puede mejorar en ponencia.

Todos los proyectos se publican en la Gaceta del Congreso, que es pública y gratuita. Acá arriba dejo el enlace directo al PDF del Proyecto de Ley 065 de 2026 tal como quedó radicado, con su exposición de motivos.

¿Trabajas en tecnología? Necesito escucharte

Este texto entra a debate y va a cambiar. Necesito escuchar a quien construye estas cosas todos los días: desarrolladores, investigadores, empresas y universidades. También a quien crea que el proyecto está mal planteado: esas conversaciones son las que lo mejoran.

Y si un sistema automatizado te afectó y no tuviste cómo reclamar, ese caso vale más que cualquier cifra en el debate.

Mis otros proyectos

Innovación agropecuaria

Que la asistencia técnica llegue de verdad al pequeño productor. Es la otra cara de esta ley: la Agricultura 4.0 solo sirve si el conocimiento baja al campo.

Tarifa diferencial estudiantil

Que ningún estudiante deje de ir a clase porque el pasaje no le alcanza.